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Por actos anticipados de campaña, presentan queja contra Igor Rojí


Por: Hugo Sánchez Martinez

Orizaba Ver.- Ante el Consejo General del Organismo Público Local Electoral de Veracruz fue presentada la queja por actos anticipados de campaña en contra del candidato del PRI-PVEM Que resurja Veracruz, Igor Fidel Rojí López y en contra de la televisora TVEO del Canal 41 por violentar las disposiciones en tiempo en radio y televisión que dispone el Instituto Nacional Electoral por haber utilizado Igor Rojí espacio prohibido en televisión por cable promoviendo su imagen y haber realizado actos anticipados de campaña en la televisora TV del Canal 41 de grupo Diez-Fénix según se aprecia en el linkhttp://www.diezfenix.com.mx/tvo.php.
La queja fue presentada por la ciudadana Elvia Ruiz Cesáreo misma que fue recibida el 26 de mayo de 2017 a las 9:16 horas y se presentó en fundamento al numeral 340 párrafo tercero del Código Electoral de Veracruz.
En las pruebas que certificó el notario público número 12 de la primera demarcación notarial Antonio Gaudencio Limón Chazaro se informa que el día 28 de febrero en la televisión local en el programa informativo matutino del canal de televisión TVO del Canal 41 que se ubica en la calle de Norte 13 número 415 aparece una entrevista de 13 minutos con Igor Fidel Rojí López entonces precandidato por el PRI a la alcaldía de Orizaba para el proceso electoral municipal 2016-2017 en la que promueve su imagen en televisión por cable.
“Esas acciones son prohibidas ante el Instituto Nacional Electoral por disponer tiempo en televisión abierta o cerrada por lo que pongo a conocimiento de esta autoridad para que realicen las investigaciones de las condiciones en las cuales se dieron un promedio de 13 minutos a dicha persona en donde el tema fue una entrevista que se sustentan en pruebas presentadas donde se demuestran actos anticipados de campaña misma que hace a su persona y que dirige al público y con el eslogan que dice “Que siga el cambio” mismo que se encuentra redactado y certificado en el Instrumento Público número cincuenta y nueve mil otorgado por el notario público número 12 de la primera demarcación notarial Antonio Gaudencio Limón Chazaro que lo relaciona en una conducta que constituye como una infracción de acuerdo al artículo 317 apartado 1 que sanciona en los términos del Código 577 Electoral del Estado de Veracruz el cual cómo se puede analizar es contrario a la norma electoral local y federal”.
En la queja presentada ante el OPLE se solicita que la autoridad electoral administrativa solicite a la administración de a quién corresponda del Canal TVO  Canal 41 en el domicilio señalado con el fin de que sirva informar si el Instituto Nacional Electoral les ordenó dar cobertura en su canal de televisión a una entrevista a Igor Fidel Rojí López precisamente en el noticiero matutino que es transmitido de 8 a 9 de la mañana, concretamente el día 28 de febrero del año en curso; si en dicho tiempo en televisión por cable fue pagado por Igor Fidel Rojí López; en el caso de no haber sido pagado y ordenados por Instituto Nacional Electoral qué motivos tuvieron para promover la precandidatura de Igor Fidel López fuera de los términos establecidos por la ley; cuál es el costo de segundos y minutos por la transmisión de una publicidad en su canal por cable; los motivos por los cuales promovieron la imagen de pre candidato a la alcaldía de Orizaba del Partido Revolucionario Institucional Igor Fidel Rojí López en el noticiero matutino del martes 28 de febrero del año en curso, precisamente entre las 8 y 9 de la mañana, siendo un precandidato el cual estaba contendiendo a un cargo de elección popular.


El video circula a través de la red de YouTube y de Facebook se observa a Igor Rojí hablando de sus aspiraciones y por ello, el notario público Antonio Gaudencio Limón Chazaro certifica que fue entrevistado por la televisora TVO  del Canal 41 el día 28 de febrero del presente año que se narra en la presente queja y con la que se pretende demostrar que se realizaron actos anticipados de campaña en la que se promociona la imagen por medio prohibido por la ley.
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