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SEPARACIÓN IGLESIA – ESTADO
Por: Alfredo Tress Jiménez
Es necesario conocer un poco de historia para poder entender nuestra actualidad. Pareciera ser que las relaciones Iglesia – Estado pretenden volver a resurgir como en el siglo XVIII. Cabe mencionar que al parecer nuestro país está en franco retroceso, ya que en vez de seguir avanzando, volvemos a caer en la época en que la iglesia se convierte en un gran controlador social.
Urge que recordemos a Don Valentín Gómez Farías, quien consideró que para el progreso del país era necesario que el gobierno estuviese fuera de la influencia del clero y de los elementos conservadores. Gómez Farías dictó las leyes que habían de transformar las condiciones sociales y políticas de nuestro país. Por tal razón se considera a Gómez Farías como el patriarca del liberalismo y el precursor de la Reforma, que consumó años más tarde Don Benito Juárez.
Se debe apuntar que el programa reformista consistió en extirpar de raíz la influencia del clero y del ejército en la marcha del gobierno, y convertir al país en una nación libre de sus viejas tradiciones. Para ello era necesario acabar con los privilegios del clero y subordinarlo al Estado, hacer una distribución menos injusta de los bienes que el clero y las clases privilegiadas habían acumulado, decretar la libertad de cultos y separar a la Iglesia del Estado.
Asimismo, hacer la enseñanza obligatoria, fundando escuelas en los pequeños poblados; creando institutos de enseñanza superior y profesional en que se diera preferencia a los conocimientos científicos; pugnar por la libertad de prensa y por la difusión de la lectura.
Debemos recordar que en esos momentos, los agricultores tenían de la obligación de pagar el diezmo eclesiástico; por consiguiente, los reformistas dictaron la ley relativa, dejando el pago de los diezmos al dictado de las conciencias.
Para que las reformas planteadas por las clases medias liberales fuesen efectivas, era necesario destruir la fuerza del ejército permanente, en cuyas manos habían estado los destinos del país. En esas épocas, el ejército en vez de sostener al gobierno constituido, luchaba por derrocarlo para poner otro nuevo que lo apoyara en sus demandas, pues en los jefes reinaba el espíritu de rebelión, el apetito inmoderado de riquezas y ascensos y reclamaban, además, el fuero, porque con él, como hasta la fecha, quedaban impunes sus delitos.
Por otra parte, el estado estaba en bancarrota; por lo tanto, el gobierno tenía que cubrir una deuda pública que pasaba de cien millones de pesos. De ese hecho los reformadores de 1833 llegaron a la conclusión de que el pago de la deuda nacional sólo podría lograrse mediante la desamortización de los bienes del clero, la cual estimaban provechosa para la hacienda pública y el beneficio del pueblo.
Gómez Farías tenía la intención de proseguir su obra reformista por medio de otras leyes y reglamentos; pero el clero y el ejército, que se sentían agraviados con estas reformas, pidieron a Santa Anna que asumiera la Presidencia y reprimiera a los liberales. En consecuencia, se hizo cargo del gobierno en mayo de 1833 e inmediatamente derogó todas las disposiciones dictadas por Gómez Farías. Sin embargo, en poco tiempo, Santa Anna depuso el poder dejando nuevamente en la Presidencia a Gómez Farías, quien se apresuró a restablecer las leyes expedidas por él y derogadas por Santa Anna.
Gracias a Don Juan Álvarez; Don Melchor Ocampo; Don Benito Juárez y Don Guillermo Prieto, se amortizaron los bienes del clero y se capitalizó al estado. Por lo que en forma inmediata se puso en vigor la primera ley reformista, llamada ley Juárez por haberla redactado Don Benito Juárez, que suprimía el fuero eclesiástico y militar en cuanto a la administración de justicia, por lo cual desaparecían los tribunales especiales que antes juzgaban a los eclesiásticos y militares.
Después de largas deliberaciones, el 5 de febrero de 1857 bajo la presidencia de don Valentín Gómez Farías, el Congreso aprobó la nueva Constitución que organizó al país en forma de república, representativa, democrática y federal, compuesta de veintitrés estados libres y soberanos en su régimen interior, pero unidos en una federación.
Sin embargo, el clero rechazó la Constitución y declaró excomulgados a cuantos cumpliesen ese mandato. No obstante, la Reforma siguió su curso y vino a realizar su segunda parte de nuestra evolución nacional que, entre otras cosas, prohibió a la iglesia tener bienes raíces, suprimió los fueros de los militares y los sacerdotes, estableció la educación laica, la libertad de prensa y de reunión, y autorizó a los sacerdotes y monjas a renunciar a sus votos. Se expidieron las primeras leyes reformistas que provocaron una fuerte reacción del clero y del ejército.
Fue en el gobierno de Don Benito Juárez cuando se decretaron las Leyes de Reforma que estaban destinadas a destruir el poder económico del clero, porque era evidente que este ayudaba con todos sus recursos económicos y de fe al partido conservador. En estas mismas leyes, se estableció con toda claridad la separación de la Iglesia con el Estado. La reforma consagró definitivamente la forma de gobierno republicano federal y representativo, proclamando el sufragio universal, que los conservadores habían tratado de suprimir, modificó el orden económico y social, haciendo entrar en circulación las enormes riquezas acumuladas por la Iglesia, y favoreciendo con ello la creación de la burguesía nacional, aboliendo las clases privilegiadas y proclamando la igualdad que es la base de la democracia.
El resultado más importante de la Reforma, fue separar del orden político el espiritual, fue la independencia del Estado con respecto al poder de la Iglesia; y en consecuencia, la libertad de conciencia. Pero el mayor adelanto que en el sentido reformista realizó el Ministro Lerdo de Tejada, fue el haber dado carácter de Constitucional a las leyes de Reforma.
Actualmente nuestra Constitución refiere en su artículo 130 con toda claridad la separación de la Iglesia con el Estado Mexicano; asimismo, la Ley de Asociaciones Religiosas y Cultos Públicos, en particular en su artículo 29, especifica las infracciones y sanciones a que son acreedores los que violen los preceptos consagrados en nuestra Carta Magna como lo es la Constitución General de la República, uno de ellos es que los religiosos no se metan en el debate de los asuntos políticos, su única autorización Constitucional es evangelizar y todo lo que ello implica.
Esa es parte de la historia, actualmente el estado mexicano por mandato Constitucional es laico, entendido éste como “Independiente de cualquier organización o confesión religiosa”. En conclusión, lo que es del César al César y lo de que es de Dios a Dios. ¿Usted qué Opina?
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