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Presenta PRI queja contra PAN por proselitismo ilegal Mota Hernández‏ VERACRUZ

Yunes Linares violó los artículos 83 y 87 del Código

Presenta PRI queja contra PAN por proselitismo ilegal: Mota Hernández

· También es evidente su ignorancia de la ley electoral

Xalapa, Ver., 04 de julio de 2010.- Por incurrir en actos de proselitismo ilegal y por hablar de tendencias electorales antes de las 20 horas, el Partido Revolucionario Institucional presentó una queja ante el Instituto Electoral Veracruzano en contra del Partido Acción Nacional y de su candidato a gobernador Miguel Ángel Yunes Linares, así lo informó Adolfo Mota Hernández en su calidad vocero del candidato a gobernador Javier Duarte de Ochoa.

En entrevista, el también ex dirigente priista y ex diputado federal explicó que el candidato a gobernador de Acción Nacional violó los artículos 83 y 87 del Código Electoral para el Estado de Veracruz, y en donde se establece que tres días de la elección ya no podrá haber pronunciamientos electorales ni propaganda, y en donde se definen cuáles son las reglas para la difusión de tendencias electorales.

“Hace unos momentos el candidato panista demostró su ignorancia de la legislación electoral; nos extraña que un candidato que se dice abogado desconozca cuáles son las restricciones de los candidatos y los partidos políticos durante los tres días previos a la jornada electoral y durante la jornada electiva, aunque también resulta evidente que Acción Nacional no respeta las leyes. Con sus descalificaciones hacia la coalición Veracruz para adelante y sus llamados a votar por él, viola la legislación y son actos que se castigan”, dijo Mota Hernández.

Con el Código Electoral de Veracruz en la mano, el vocero del candidato a gobernador Javier de Ochoa recordó que el artículo 83, que se refiere a las campañas electorales, establece que “toda la propaganda debe cesar tres días antes de la fecha de la jornada electoral respectiva” y que su incumplimiento será sancionado ya sea con un apercibimiento, una sanción administrativa o la cancelación del registro, como también el artículo 87 establece que nadie puede hablar de preferencias electorales hasta después de las 8 de la noche, pues así se acordó por el Instituto Electoral Veracruzano.
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