APLICA HIDROSISTEMA CONTRIBUCIÓN PARA CUMPLIR CON CÓDIGO HACENDARIO MUNICIPAL.
NO SE TRATA DE UN AUMENTO Y LA CAPTACIÓN SE APLICARÁ, BAJO VIGILANCIA, EN OBRAS DE AGUA Y DRENAJE.
Córdoba, Ver. Mayo 11 del 2011.- Con fundamento en los artículos 169, 170,171, 172 fracción III y 173 del Código Hacendario para el Municipio de Córdoba; Hidrosistema aplicará una “contribución adicional sobre ingresos municipales” del 10% sobre los recibos del servicio de agua y drenaje, la cual se destinará a la realización de obra hidráulica y sanitaria de la ciudad. La medida no representa un aumento en los servicios de agua y drenaje, lo cuales se modificaron al inicio del año con base al ajuste al salario mínimo, sino al cumplimiento de una disposición del Órgano de Fiscalización Superior (Orfis) y la Legislatura, quienes formularon la observación a Hidrosistema de Córdoba para aplicar el 10 por ciento de derechos y servicios que establece el Código Hacendario para el Municipio de Córdoba. Miguel Ángel Rodríguez Todd, director de Hidrosistema de Córdoba, precisó que no se trata de un aumento en el costo del servicio de agua, sino una aplicación de una contribución que está fundamentada en el Código Hacendario Municipal y en caso que no se cobrara, tanto el Orfis como la Legislatura podrían señalarlo como daño patrimonial. “No representa un aumento tarifario, únicamente la aplicación adicional” indicó Rodríguez Todd al hacer referencia que recibieron observaciones por no aplicarlo, por parte de los órganos fiscalizadores. Explicó que el cobro del 10 por ciento se aplica en este mes de mayo, bajo el concepto “45” en el recibo de agua, con retroactivo al mes de enero y para quienes pagaron de manera anual, les llegará un recibo del derecho que tienen que liquidar. Para regularizar la situación del presente ejercicio fiscal, durante el presente mes, llegará a los recibos de los 48 mil usuarios, la contribución adicional de un 10 por ciento, sobre el consumo de agua y drenaje, que por ésta única ocasión cubrirá los meses de enero a abril.
La Paramunicipal pretende captar unos 4 a 5 millones de pesos, que serán utilizados únicamente en obras de agua y drenaje para eficientizar el organismo, como la instalación de medidores, incrementar la cobertura de macromedición y algunas acciones para ampliar el servicio. Indicó que la aplicación de ese recurso, será supervisado por el Órgano de Gobierno de Hidrosistema de Córdoba, y será una contribución adicional la que hagan los 48 mil usuarios.
CÓDIGO HACENDARIO MUNICIPAL
DE LA CONTRIBUCIÓN ADICIONAL SOBRE INGRESOS MUNICIPALES
Artículo 169.-Es objeto de esta contribución, la realización de pagos por concepto de impuestos, derechos y productos que establece este Código, excepto el relativo al Impuesto sobre Traslación de Dominio de Bienes Inmuebles.
Artículo 170.-Son sujetos de esta contribución, quienes realicen los pagos a que se refiere el artículo anterior.
Artículo 171.-Es base de esta contribución el importe de los pagos por concepto de los impuestos, derechos y productos municipales.
Artículo 172.-Esta contribución se causará y pagará, aplicando a la base que corresponda, las tarifas o tasas siguientes:
III. Diez por ciento adicional sobre los derechos y productos que establece el presente Código.
Artículo 173.-Esta contribución se liquidará y pagará junto con los impuestos, derechos o productos sobre los que recae y su pago se hará en el momento en que se haga el entero de estos últimos.