Pueden declarar en rebeldía a
alcaldesa por incumplimiento de sentencia de
amparo
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La alcaldesa de Zongolica, Irma Lidia Mezhua Campos incumplió con la sentencia de amparo que ordenó el Juzgado Décmino Segundo. |
Por Domingo Simón Ortega
Zongolica, Ver.- Vicente Salazar
Martínez, titular del Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Córdoba, podría
declarar en rebeldía a la alcaldesa de esta localidad después de que venció el
término legal e incumplió con la sentencia de amparo que la obliga a entregar
el predio El Llano a los comuneros y ejidatarios de de Zongolica.
Este día se publicó en la tabla de
avisos de citado juzgado, un acuerdo donde no se les da por cumplida la
sentencia de amparo que, en tiempo y forma, se les notificó a las autoridades
municipales, para su ejecución.
De acuerdo a la sentencia del amparo
41/2013 que ejidatarios de este municipio promovieron en contra del gobierno
municipal por abuso de autoridad y despojo del predio El Llano, la alcaldesa
Irma Lidia Mezhua Campos tuvo que “haber remitido una constancia en la que se
aprecie de manera plena la restitución de la posesión del ejido Zongolica a la
parte quejosa en la cual deberán aparecer las firmas de conformidad de parte de
esta última”, cosa que no sucedió.
El comisariado ejidal, Manuel Trujillo
Flourens, precisó que la alcaldesa Mezha Campos construyó ilegalmente una barda
perimetral en lo que es el campo de futbol que se ubica en los predios de El
Llano, razón por la cual se buscó el amparo federal para denunciar este abuso
de autoridad.
En la sentencia de amparo se les
notifica que los ediles que conforman el ayuntamiento tendrán que pagar una
multa equivalente a 100 días de salario mínimo y además el expediente de la
alcaldesa se remitirá al Tribunal Colegiado de Circuito o a la Suprema Corte de
Justicia de la Nación, según el caso para seguir el trámite de inejecución que puede conminar con la separación de su
puesto y su consignación conforme en lo establecido en los párrafos segundo y
tercero del artículo192 de la Ley de Amparo”.
El entrevistado indicó que el juez
Salazar López fue muy claro cuando le notificó a las autoridades municipales
que “después de tres días siguientes a la recepción del oficio en que se
transcribe este acuerdo, dé cabal cumplimiento a la ejecutoria de Amparo y
remita ante este Juzgado Federal, la constancia que avale dicho acato, esto es
materialice la entrega de la posesión del predio denominado El Llano a parte
quejosa y se haga constar la recepción del mismo de manera fehaciente a esta
última…”.
Trujillo Flourens precisó que, en su
desesperación, la alcaldesa Mezhua Campos pretendió sorprender al tesorero y
secretario del comisariado ejidal, haciéndolos firmar un documento donde el
ayuntamiento entregaba el predio, sin embargo, la instrucción del juez fue que
la entrega tenía que ser en el predio El Llano y en forma fehaciente.