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VICTOMOLOGIA 2DA PARTE: ORIGEN A LA CRIMINOLOGÍA:




La Criminología que derivó de la Antropología Criminal Lombrosiana y
darwiniana, dichas hoy ciencias (o se les ha acercado a tal nivel) perduran en el
pensamiento filosófico. Su evolución da lugar a cambios y a nuevas formas de
conocimientos; así, no se puede dejar pasar la estrecha relación que tiene la
Victimología con la Criminología y con el Derecho Penal, que para muchos éstas
señalan el objeto de estudio de la Victimología, más en específico el Derecho Penal
(previo análisis sociológico-jurídico de las conductas más dañinas en una sociedad).
La Criminología no es la excepción, ésta tuvo su tiempo de gloria con las teorías
del célebre César Lombroso, reconocido como el Padre de la misma, al publicarse el
libro “El hombre delincuente” generó una revolución mundial por el saber del
delincuente como casi a la par lo haría Freud con la publicación de “La interpretación
de los sueños”, dando a conocer un lugar de la mente que tiene influencia sobre
nuestros pensamientos y comportamientos”. No han quedado del todo olvidadas
dichas teorías, pues tras la psiquiatrización del sujeto antisocial (o delincuente), las
características físicas, sociales y psicológicas que Lombroso, Ferri y Garófalo
determinaron persisten en el Manual de conducta de la Asociación Americana de
Psiquiatría.
La Victimología, su reto que ésta debe enfrentar ante la indiferencia del Derecho Penal
(más específicamente ante la justicia penal vista como más humanista y reparadora
del daño en las victimas en sus diversas formas y lo más importante la victima u
inculpado sea permeable ante la gobernanza). Rafael Márquez Piñero indica en su
libro “Criminología” que una ciencia debe tener lo siguiente: objeto de estudio,
conjunto de conocimientos, método y resultados, así actualmente no hay duda que la
Victimología tiene como objeto (o sujeto) de estudio a la víctima, tiene su conjunto de
conocimiento relativos a ésta en sus causas, intervenciones y posibles remedios, los
tiene de forma ordenada y sistemática, emplea el método que todas las ciencias
emplean, el científico, el método general. La criminalidad es la forma de
desorganización estatal y de las políticas preventivas, por lo que a éste le corresponde
restaurar dichos daños referentes a la salud hasta que logre llevar o por lo menos
alcanzar una vida estable o igual a la que llevaba previo al hecho delictuoso.
La víctima permitirá dar creación a políticas preventivas más integrales y de
diversos enfoques, el psicológico, el criminalística, el penal, el médico, el social, se
cree en la inter disciplina y en la autonomía científica, así como en la capacidad de la
administración pública e internacional para desarrollar estándares académicos y
políticos que permitan a las víctimas del delito un trato adecuado y una restauración
de sus bienes materiales, físicos y mentales.
El término víctima incluye además a la familia o dependientes directos de la víctima y
las personas que han intervenido durante el sufrimiento de la víctima e incluso

durante el acto preventivo previo a la victimización. La Victimología se encarga del
estudio de las víctimas, en sus causas y remedios,
EL RETO ANTE LA JUSTICIA PENAL: LA DESATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS: Meldelson
jamás imaginó la revolución que iba a lograr con la sistematización del conocimiento
referente a la víctima, pues esto viene a exigir mayor atención a quienes son víctimas.
¡Comúnmente se relaciona el crimen con la condición social y mucho tiene que ver
ello, pues cuando alguien de condiciones económicas escasas padece pocos son los
interesados en dichos hechos o los interesados son los medios de comunicación que le
dan a la víctima la categoría de héroe, mártir, perito, criminólogo y hasta juez! La
víctima toma el papel teatral en los periódicos y televisión. El eje fundamental es la
dignidad humana y sus valores que no le sean violentados en su persona y
producir un daño material, psicológico, fisco y patrimonial. Por otro lado, cuando la
víctima es de buena condición económica, aprovecha estos medios para pedir justicia
ante la lesión de su dignidad a causo de este daño. Debemos establecer la
importancia de la axiología del juzgador ante la victima u inculpado ,donde está en
vinculación a la persona esto es al sujeto mismo de una conducta ilícita tipificada y
que será sancionada por una pena ,que aplica el juez y faculta a una reparación del
daño a la víctima u ofendido .Acciones integrales para la mejor solución a la atención
de quienes padecen por hecho delictuoso sea (de manera descriptiva más no
limitativa): Mejorar el sistema penal con una adecuada readaptación clínica; y Crear
una clínica de atención a víctimas del delito y que se dé verdadero cumplimiento a lo
establecido constitucionalmente respecto la atención médica y psicológica, además de
llevar a cabo todos los medios posibles para restaurar sus Bienes perdidos.
LA VICTIMOLOGÍA FORENSE O CRIMINOLÓGICA.El nombre anterior puede
debatirse en cuál será el más apropiado, pero por tradición ambos tienen fuerza y
para no entrar en dicho debate se dejarán los adjetivos mostrados. El nacimiento de
ésta surge además por darle estudio al sujeto pasivo del delito, por mucho tiempo el
centro de atención había sido y seguirá siendo el criminal (el sujeto activo). En
muchas ocasiones se limita el estudio a la víctima de un robo, un homicidio, una
violación, etc., pero también, en otros países se lleva a cabo el estudio de las víctimas
por terrorismo, en el que la masa dañada pasa a ser de miles
EL ÁREA CLÍNICA VICTIMOLÓGICA: La Victimología ha crecido a las faldas de
diversas ciencias: la Psicología, la Criminología y el Derecho Penal. La Psicología le
aporta la parte diagnóstica y terapéutica, la Criminología la etiológica y el Derecho
Penal el restaurativo de sus bienes jurídicamente tutelados. La focalización
psicológica: Los traumas mentales que sufre la víctima son muy variados y éstos son
reactivados constantemente debido al sentimiento de coraje e impotencia animada
por la rabia expresada y la vergüenza, además es responsable de muchos cambios
caracterológicos y en el estilo de vida.
EL ENFOQUE PENAL:El problema de la compensación a las víctimas del delito es tan
antiguo como la propia historia de los seres humanos. Ya el código de Hammurabi
recoge el "Talión", pena que consiste en hacer sufrir al delincuente un daño igual al
que causó. El principio del Talión era fundamental en el Derecho Mesopotámico, pero

también fue aceptado por la Ley Hebraica, el Código de Manú en La India, en Atenas y
Roma, en la Ley de las XII.
JUSTICIA RESTAURATIVA: Hoy en día, se habla de la justicia restaurativa, del
Derecho de las víctimas, de la Constitución, de los Derechos Humanos, de Tratados
Internacionales y más documentos que de cierta forma teórica respetan los Derechos
de éstas; sin embargo, en la práctica el hecho es distinto, así como no se ha logrado
hacer una readaptación social del delincuente ni una disminución de la criminalidad,
tampoco se ha logrado proteger del todo a las víctimas, por el contrario, la
criminalidad ha ido en aumento y con ella la victimización.
INSTRUMENTOS DE PROTECCION A LA VICTIMA:Hoy con el código nacional de
procedimientos penales le da más estructura en cuanto a las acciones de
procedimiento penal, sus artículos 137 y 138(CNPP). En base a estos artículos
permite en una forma de tratar de atender una mejor aplicación procesal ante el
delito y sobre todo la protección real a la víctima, así como en los numerales de
protección en cuanto a la reparación del daño, y que la víctima tenga una mejor
atención a sus derechos como ente de ser humano que le ha producido lesiones
psicológicas, físicas y patrimoniales en sus 10 puntos de protección a la víctima. Y
en la constitución son 7.Una de estas es el asesor jurídico, si establecemos que la
coadyuvar que tiene la víctima con el ministerio público en la etapa del
procedimiento, así como en las garantías establecidas en la constitución reconocida en
forma fundamental en su: Artículo 20 enciso C, así como garantías de
procedimiento para el inculpado y a la víctima u ofendido. En sus 7 fracciones,
de la cual analizaremos la asesoría jurídica fracción I. Recibir asesoría jurídica;
ser informado ser informado de los derechos que en su favor establece la
constitución y, cuando lo solicite, ser informado del desarrollo del
procedimiento penal. Aquí se desprende la importancia de los derechos
fundamentales reconocidos y sus derechos humanos, así como establecer en poder ser
parte en el procedimiento en base en el código nacional de procedimientos penales.
DISPOSICIÓN NORMATIVA PROCEDIMENTAL: En el Código nacional de
procedimientos penales en su: Libro Primero Disposiciones Generales Título VI
Medidas de protección durante la Investigación, formas de conducción del imputado
al Proceso y Medidas Cautelares Capítulo I Medidas de Protección y Providencias
Precautorias [Artículo 137] [Artículo 138] [Artículo 139] Aquí debemos establecen
que a partir de las reformas del 5 de junio del 2011 en nuestra constitución en materia
de derechos humanos: en su artículo primero establece fundamentalmente el
derecho de las personas.
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