LEY SECA ESTE 1° DE JULIO....

Con fundamento en los artículos 226, 227 y 300 de la Ley General de las Instituciones y Procedimientos Electorales, así como el 14 y 43 del reglamento para establecimientos dedicados a la Comercialización de Bebidas Alcohólicas, se deberán mantener cerrados los establecimientos dedicados a expender bebidas alcohólicas, de esa manera se cumplirá con la ley general y con el reglamento municipal.
Quienes infrinjan esta norma serán sujetos a cierre de establecimiento y cancelación de la licencia de funcionamiento, además de que deberán pagar una multa.
El objetivo es mantener el orden y respetar las reglas establecidas en la ley Electoral, por ello además se ha notificado al padrón de comercios con este giro para que estén enterados de la disposición y sanciones que existen en caso de violar la ley.