COLUMNA:
Péndulo
político
Por:
Emiliano Carrillo Carrasco:
TODOS
SOMOS MEXICO:“. No
más hipocresía, que el gobierno cumpla
su función los recursos públicos bien focalizados en los ejes de
educación como medio de romper la pobreza, desigualdad social y proyecto nación
nacionalista, el patrimonio de los recursos sean para el desarrollo integral y
no en poder de capital, si la oligarquía kakistocratas es empleada de ellos, busquemos el cambio
social de movilización, el voto 2012 la
única de forma de cambio coyuntural ante la nueva esperanza. .la importancia de
nuestra juventud que juega un papel muy importante en estas elecciones del
2012, en la visión de su presente y su
futuro de una mejor calidad de vida y bienestar.
LA
CORRUPCION COMO MEDIO DE PODER: El
representante de IBM, afincado en Londres, era Kaveh Moussavi, el hijo de un
antiguo secretario de la defensa iraní bajo el mandato del Sha Reza Pavlevi,
quien, a despecho de lo políticamente correcto, se empeñó en exhibir la imagen
de la administración federal mexicana salinista con todos y sus veneros de
corrupción. Y lo hizo, además, lanzando sus andanadas desde la capital de Gran
Bretaña, los grandes diarios europeos le dieron gran cobertura a este
asunto. Con el asesinato de Colosio
lucraron inmediatamente los Macro sicarios financieros ligados a Goldman Sachs,
quien a través de los hermanos Martin y Alejandro Werner se adueñaron de la
Subsecretaria de Hacienda, apoyados por Guillermo Ortiz Martínez y Joseph Marie
Córdoba Montoya(vive en Guadalajara el cuartel general de la ultraderecha
1982-2012,Apoyados por la red-1 y NED-EUA),.
La
indignación de una clase media trabajadora inmersa a la actitud del Estado
complaciente, ineficiente a las respuestas sociales, de un mundo de que no pasa
nada, el gobierno insensible ante sus gobernados. Nuestra obligación de ser
centro de expresión social, explicando
en su entorno que pasa con el país, de un poder tolerante ante el poder
invisible de las oligarquías
burocráticas entregados a privatizar el patrimonio nacional.en el Artículo 50
de la constitución, señala en sus dos
cámaras senadores y diputados contaran
con fuero constitucional; permitiéndoles expresas sus ideas políticas con toda
libertad, haciéndolos invulnerables por
la representación máxima del congreso,
así como los senadores en su artículo 56, y en el artículo 61, fortalece el
fuero constitucional. El desafuero,
hecho que priva de fuero al que lo tenía
“El
estado moderno, mantiene eficazmente el monopolio de la violencia como
primera condición para garantizar la paz interna o seguridad estatal, junto con
ello la organización del Estado debe ser democrático para asegurar ante todo, los derechos civiles y políticos,
para una sociedad más igualitaria.” Roberto de BOBBIOEn la acciones del actuar
del ejecutivo, en base al congreso de
revocar el mandato del ejecutivo por situaciones en los numerales y Las facultades del ejecutivo, en su
artículo 73 (poder legislativo) y sus fracciones XXVI Y XXVII, la renuncia del
poder ejecutivo. En el contexto de la aplicación de la ley selectiva y la
exigencia de responsabilidad discrecional genera impunidad a los intereses
políticos.
El
fortalecimiento de la ley de los servidores públicos, que está plagada de
inconsistencias y lagunas, omisiones en forma inducida a este cuerpo de normas,
que finalmente tiene por objeto sancionar al servidor público. Estas
inconsistencias normativas permiten impunidad, ante la visión de la población
al actuar de nuestros servidores públicos
en impunidad y corrupción vista como
forma de gobierno.
Cito:
a Gabriel Zaid, en exponer la visión a este tema: “En México, las autoridades
pueden actuar como asaltantes, y con la mayor impunidad, precisamente por
ser las autoridades .pueden saquear,
robar, humillar, someter y seguir en su
encargo. Ni todas, ni siempre, lo hacen,
lo cual le da eficacia al abuso. Es selectivo, queda al arbitrio de la
autoridad. No vivimos en el régimen carcelario, si no en un régimen de derecho
sujeto a excepciones selectivas no vivimos en un estado de excepción, pero
tampoco en un estado de derecho sin excepción, incluiría la
dominación de la política de una clase oligárquica y una clase
globalizada de entreguismo del país, denomina Kakistocracia.Rige la
arbitrariedad disfrazada del
cumplimiento de la ley.”La mejor forma
de garantizar la impunidad, al encubrimiento sistemático o bien ser
perseguido por intereses políticos
y del poder, la población está sujeta a
la acción de los poderes mismos y a la
voluntad de fortalecer el estado de Derecho y romper el tradicionalismo de la
corrupción, con mecanismos más eficaces y eficientes, ante el actuar del
servidor público en sus niveles de gobierno, ante las respuesta s sociales a
causa de la imprecisión de la ley
de responsabilidades en los Artículos
108 al 114 de la constitución.LA
ley está diseñada como la espada de Damocles, que lo mismo puede
proteger a los amigos, que castigar a
los enemigos.
En
el titulo cuarto de la Constitución “las responsabilidades de los servidores
públicos y patrimonial del Estado”, parece un traje lleno de hoyos, donde se
puede colar casi todo, si se quiere. Limitaciones a su aplicación contra el presidente, este solamente puede
ser juzgado por traición a la patria y por delitos graves de orden común. La
subsanación a esta visión en cuanto a la competencia de su aplicación a la gravedad en el Artículo
20, transmite al legislador ordinario la facultad de determinar
que delitos son graves.La responsabilidad “moral” del ejecutivo y la
insuficiente solución que presenta el capítulo cuarto de la constitución,
son interpretados y cito a la interpretación de Andrade Sánchez
Eduardo” No se le puede privar del desempeño de su función por consideraciones
de carácter político por desvió de su conducta pública o privada, por mala
administración, por ineptitud, ni siquiera por demencia o perdida de sus
facultades mentales”.
La
sustitución del ejecutivo: en su Artículo 85 para declarar la ausencia temporal
del cargo y de esta forma permitir la
sustitución por un presidente interino.
El juicio político fundamentado en su Artículo 110 expresa cuando algún servidor público de los
que tienen fuero realice “actos u omisiones que redunden en perjuicio de los
intereses públicos o de su buen despacho”.Fortaleciendo estas conceptualizaciones
,nos encontramos con la competencia jurisdiccional ,ante las áreas de índole
administrativo y penal ,en esta materia
el juzgador sanciona delitos y en
materia administrativa se sanciona el desvió de recursos o acciones de preferencia que involucra la función pública y en su
artículo 25 de la ley de responsabilidades ,dispone que la sección Instructora
debe practicar todas las diligencias conducentes en establecer la existencia
de un delito y la probable responsabilidad
del inculpado; Esto es la sección debe exclusivamente realizar actos jurisdiccionales y no administrativo.
La
interpretación de los conceptos en la
aplicación de las leyes citadas y así como retomar el concepto vertido de
Andrea, LA judicialización del procedimiento del desafuero, en base a la judicialización de la declaración de
procedencia. Esto evitaría, en primer la competencia de leyes y en el ámbito de
aplicación, en áreas administrativas y penales, considero que esta posición de
Andrea, es correcta en evitar especulaciones de interés político. Así como
poder dotar de Autonomía del MP ante los poderes ejecutivos federal y
local.
El
tipo es un conjunto total, integrado por
subconjuntos pertenecientes al tipo legal de que se trate y agrupados en:
presupuestos del delito; elementos del delito; resultancias o efectos del
delito o tipo, y violación al deber jurídico penal; el delito es concreto,
particular y temporal. Concreto porque se refiere a un evento especificó;
particular porque son uno o varios
autores de la conducta típica y temporal porque es irrepetible en el tiempo.