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Pueden desaforar alcaldesa...

Juez Federal multa con cien días de salario mínimo a gobierno de Zongolica.

Por Domingo Simón Ortega

Orizaba, Ver.- En cumplimiento a la sentencia de amparo 41/2013 que ordenó el Tribunal Colegiado de Circuito en materia administrativa en Boca del Río, el ayuntamiento de Zongolica en pleno, tendrá que entregar a los comuneros y ejidatarios, los terrenos de “El Llano” que ilegalmente invadió en diciembre del año pasado.
Y una vez vencido el término, la alcaldesa Irma Lidia Mezhua Campos, la síndico y los regidores tendrán que pagar una multa equivalente a 100 días salarios mínimos y además en caso de desacato a este mandato judicial, la presidenta municipal podría ser separada de su cargo y procesada de acuerdo a como lo establece la Ley de Amparo.
El documento enviado por el titular del Juzgado Décimo Segundo de Distrito en el Estado de Veracruz, Vicente Salazar López, dice textualmente: “después de tres días siguientes a la recepción del oficio en que se transcribe este acuerdo dé cabal cumplimiento a la ejecutoria amparadora y remita ante este Juzgado Federal, la constancia que avale dicho acato, esto es materialice la entrega de la posesión del predio denominado El Llano a la parte quejosa y se haga constar la recepción del mismo de manera fehaciente a esta última, esto es, deberá remitir una constancia en la que se aprecie de manera plena la restitución de la posesión del ejido Zongolica a la parte quejosa en la cual deberán aparecer las firmas de conformidad de parte de esta última, apercibidas las autoridades responsables y que en caso de no hacerlo se les impondrá una multa de 100 días de salario mínimo equivalente a 6 mil 476 pesos moneda nacional de conformidad en lo previsto en los artículos 237 y 258 de la Ley de Amparo vigente y asimismo con apoyo del párrafo tercero 192 de la Ley de Amparo se requiere al ayuntamiento constitucional de Zongolica, Veracruz en su calidad de superior  jerárquico de cumplimiento a la ejecutoria de amparo en sus términos y remitan la constancia de haber ejecutado la orden respectiva, apercibido el superior jerárquico  de las autoridades responsable, que en caso de no hacerlo dentro del plazo otorgado se le impondrá una multa de 100 días de salario mínimo, equivalente a 6 mil 476 pesos moneda nacional, de conformidad con lo previsto en los artículos 237 y 258 de la Ley de Amparo vigente, en la inteligencia que si las autoridades responsables y el superior jerárquico de éstas no cumplen con el requerimiento señalado en párrafos precedentes con independencia de hacerles efectiva  de las multas señaladas se remitirá el expediente al Tribunal Colegiado de Circuito o a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, según el caso para seguir el trámite de inejecución  que puede conminar con la separación de su puesto y su consignación conforme en lo establecido en los párrafos segundo y tercero del artículo192 de la Ley de Amparo”.
De acuerdo con Manuel Trujillo Flourens, comisariado del ejido Zongolica, con este mandato judicial, el ayuntamiento de Zongolica que preside Irma Lidia Mezhua Campos tendrá que entregar los terrenos a los comuneros y ejidatarios así como cambiar de lugar, el patio de vehículos oficiales que se encuentran dentro del predio El Llano, además de que recibirán la respectiva multa por ese abuso de autoridad.
Mencionó que el juez Vicente Salazar López fue muy claro en su sentencia y se tendrá que aplicar la Ley para que haya orden y armonía en el municipio de Zongolica, donde se observó que se aplicó el estado de derecho.
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