IVAI deja sin efectos ordenamiento que excluía nombre de funcionarios en tabulador de sueldos
La
determinación del organismo busca la máxima publicidad
Xalapa, Ver., 10 de marzo de 2016.- El Instituto Veracruzano de Acceso a
la Información (IVAI) dejó sin efectos las fracciones I y IV, última parte, del
décimo primero de los Lineamientos Generales que deberán Observar los Sujetos
Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el
Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave para Publicar y Mantener Actualizada
la Información Pública, relativas a la omisión de publicar el nombre de los
servidores públicos en el tabulador y de las personas en la nómina.
Esto, ya que ya que a partir de una nueva reflexión que pondera de mejor
manera los derechos y principios que inciden en el acceso a la información, el
organismo ha sostenido en diversas sentencias que el nombre de los servidores
públicos es de acceso público, y que de excluirlo del tabulador de salarios se
generaría una violación al principio de máxima publicidad, previsto en el
artículo 6 de la Constitución política federal.
La determinación del órgano garante de transparencia del estado se dio
luego de resolver un recurso de revisión interpuesto en contra de la omisión de
la Universidad Tecnológica del Sureste de dar respuesta a una solicitud sobre a
cuánto asciende el salario que gana el rector de esa institución al mes, así
como a cuánto ascendió en pesos el aguinaldo que percibió en 2015.
Ante la falta de respuesta y la postura garantista de la nueva
integración, el IVAI ordenó que se entregue de manera gratuita la información
solicitada, misma que deberá contener el nombre del servidor público de que se
trata.
Por otro lado, el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información
resolvió un recurso de revisión presentado en contra del Partido Revolucionario
Institucional, relacionado con una solicitud sobre el monto total de viáticos
comprobados en todos sus departamentos y todas sus áreas de trabajo en la sede
estatal y sedes municipales del estado de Veracruz de los años 2010 a 2015.
En este asunto, los comisionados ordenaron al partido entregar la
información y actualizar el vínculo de su página electrónica que debe contener la
obligación de transparencia relativa a este tema. Asimismo, lo exhortaron para
que en posteriores ocasiones dé cabal cumplimiento a los procedimientos y
términos establecidos en la ley de la materia respecto a la tramitación de
solicitudes de información que se le formulen, apercibido de que de no hacerlo
se procederá en términos de las responsabilidades y sanciones referidas en la ley.
Por otro lado –en un recurso de revisión interpuesto en contra del
Ayuntamiento de Ángel R. Cabada sobre nombres, sueldos, grado de estudios y
cargos de los integrantes del cabildo– dado que el ente obligado puso a su
disposición en el domicilio del Ayuntamiento lo tocante a los sueldos, el IVAI
le ordenó que esta información sea remitida al peticionario en formato
electrónico pues, conforme al Código Fiscal de la Federación y la Ley del
Impuesto sobre la Renta, los patrones tienen la obligación de expedir y entregar
a sus trabajadores los comprobantes del pago de nómina de manera digital, a
través de la página de internet del Servicio de Administración Tributaria CFDI.
Finalmente, el IVAI resolvió un recurso de revisión en contra del Poder
Judicial del Estado, relacionado con la solicitud de conocer cuántas personas
integran el Tribunal de lo Contencioso Administrativo y el Tribunal de
Conciliación y Arbitraje, el nombre y puesto que desempeña cada servidor
público y su sueldo mensual, en el periodo del primero de enero de 2015 al
quince de enero de 2016.
En este caso, se ordenó la entrega de manera electrónica de la
información relativa al directorio de servidores públicos, así como sueldos,
salarios y remuneraciones; lo que también deberá actualizar el sujeto obligado
en su portal de transparencia.
En la sesión pública del día de hoy, el Instituto Veracruzano de Acceso
a la Información resolvió 19 recursos de revisión.