Por Antonio Hernández
Ixhuatlancillo Ver. 02/03/17.- En
plena instalación del Consejo Municipal del Organismo Público Electoral, Óscar
Olivares Contreras, representante del Partido Movimiento Ciudadano, interpuso
una impugnación en contra de la designación de la Secretaria de la citada junta,
Fany del Carmen Flores Gallardo, quien hasta hace unos días, dejó de laborar
para el Ayuntamiento de Ixhuatlancillo.
Curiosamente, Fany del
Carmen, quien se desempeñó como Secretaria de Sindicatura, en la actual
administración pública, fue tomada en cuenta por el Consejo Municipal del OPLE
como “suplente”, pero ante la amañada renuncia de la propietaria Consuelo
Romero, ella tomó protesta como Secretaria del nombrado comité, ubicado sobre
la Avenida Cristóbal Colón.
Algo similar ocurrió con
David Esaú Ramos Romero, el cual asumió la titularidad de la Procuraduría de la
Defensa del Menor del DIF Municipal y que hoy aparece como representante del
PRD; sin embargo, en un principio, esta persona se encontraba integrada la
lista de los suplentes para el cargo de Vocal de Organización del propio OPLE.
Con fecha de 28 de febrero
del 2017, el recurso de inconformidad, fue firmado por la Presidenta del
Consejo Municipal Adelina Temoxtle Dolores, quien se comprometió a darle un
especial seguimiento y tomar cartas en el asunto; de lo contrario, la parte
agraviada, hará llegar esta impugnación hasta el Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación.
En este también llamado
recurso de revisión y haciendo valer el artículo 349 del Código Electoral del
Estado de Veracruz, relacionado los medios de impugnación durante los actos
preparatorios de la elección y durante el tiempo que transcurran los procesos,
se determinó estar en desacuerdo con la designación de la Secretaria de la
Junta Municipal Electoral a cuya demanda, se unirán los demás partidos
políticos.
De acuerdo a las pruebas
aportadas, Fany del Carmen Flores Gallardo, durante la aún vigente
administración pública 2014-2017, ocupó la función de Secretaria de la Síndico
Jessica Flores, estando incorporada a la nómina del Ayuntamiento. Por tal
razón, se deberá de informar a la Secretaría de la Función Pública y a la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Sistema de Administración
Tributaria.
“Tomando en cuenta que el
Instituto Nacional Electoral, es un organismo público, autónomo y democrático,
sus representantes no pueden ser juez y parte y mucho menos, favorecer al
partido político en el poder. Este proceso, no debe de estar manoseado y
cargado hacia un lado, con la finalidad de no entorpecer el desarrollo de los
próximos comicios electorales”, declaró Óscar Olivares.