La “CONASAMI”
Pensamiento Compartido
Por EMILIO M. GÓMEZ
Según estudios de la
Organización Internacional del Trabajo (OIT), México se ubica como uno de los
países que tienen los salarios mínimos más bajos de toda América Latina, ya que el salario mínimo real en 2011 subió
0.4%, mientras que el alza real promedio en la zona es de 4.5%. Por lo que una
vez más, los trabajadores mexicanos tendrán que sufrir las consecuencias, toda
vez que su salario se verá rebasado en relación a los precios de la canasta
básica.
Cada diciembre de los
últimos años, se han dado declaraciones encontradas, entre los representantes
de la parte patronal y sindical, unos afirmando que incrementos del 10% o más
afectaría los costos de operación de sus empresas y traería como consecuencia
despido y reducción de la plantilla laboral; y los representantes de los
trabajadores manifestando su necesidad como sector, ya que los últimos
incrementos que se han dado a los salarios mínimos en nuestro país, no han
beneficiado la economía familiar, provocando una pérdida del valor adquisitivo
del salario, lo cual ha marcado una gran diferencia entre los aumentos a los
bienes y servicios de la canasta básica y los incrementos que reciben los
trabajadores en sus percepciones. Y una vez que la Comisión Nacional de los
Salarios Mínimos determina los incrementos que se darán a los salarios a partir
del 1 de enero del año siguiente, nuevamente se dan las declaraciones de unos y
de otros bandos desde su particular punto de vista, pero que nada resuelve, ya
que palo dado ni Dios lo quita, como dice el refrán.
La figura del Salario Mínimo
se establece en nuestra Constitución, en su artículo 123, fracción VI, donde se
define que el salario mínimo deberá de ser suficiente para satisfacer las
necesidades normales de la vida del obrero, su educación y sus placeres
honestos, considerándolo como jefe de familia. Y para la fijación del mismo, el
Constituyente del 17 dispuso en la fracción IX del mismo artículo, que se haría
por comisiones especiales que se formarían en cada municipio, subordinadas a la
Junta Central de Conciliación, que deberían instalarse en cada Estado de la
República.
Entre los años 1917 y 1931,
el sistema de comisiones especiales previsto por los Constituyentes, funcionó
de manera precaria y anárquica, ya que la expedición de leyes locales, se
dieron con muchas limitaciones, dando lugar en 1929 a las reformas
constitucionales que daría nacimiento a la Ley Federal del Trabajo.
La Ley Federal del Trabajo
expedida en 1931, reforzaría la idea de un sistema de fijación de los salarios
mínimos, constituidos por comisiones especiales en cada municipio, más no fue
suficiente, dándose deficiencias en este sistema, derivadas principalmente de que la división
municipal, producto de diversos fenómenos históricos y geográficos, no guardaba
relación alguna con las características del desarrollo económico regional, ni
con otros de carácter nacional, por lo que no podía servir de referencia parala
determinación de los salarios mínimos en condiciones adecuadas.
Y es así que surge en la
década de los sesenta, la necesidad de revisar el sistema y darle una
estructura más acorde con la realidad del País, estableciéndose que la fijación
de los salarios mínimos debería de hacerse por zonas económicas y no por
municipios.
En el año de 1963, se crea
una Comisión Nacional y 111 Comisiones Regionales de los Salarios Mínimos,
reformándose la fracción VI del artículo 123 y lo relativo en la Ley Federal
del Trabajo. La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos era el eje central, donde
las Comisiones Regionales sometían sus determinaciones a esta, para su
aprobación o modificación. Continuando con esta estructura hasta 1986, con
algunos cambios principalmente en la estructura de las Comisiones Regionales,
hasta llegar a reducirse a 67 en ese año. Además, la reducción del número de
salarios diferentes aplicables a las zonas económicas a tres niveles, como se
encuentran en la actualidad.
En diciembre de 1986, el
Congreso de la Unión y las legislaturas de los Estados, aprobaron la iniciativa
del Ejecutivo que reformó el sistema, ya que la fracción VI establece desde el
1 de enero de 1987, que los salarios mínimos serán fijados por una Comisión
Nacional, desapareciendo las Comisiones Regionales vigentes hasta el 31 de
diciembre de 1986. Disponiendo este nuevo precepto constitucional, la más
amplia flexibilidad territorial en la fijación de los salarios mínimos, al
señalar que éstos serán fijados por áreas geográficas que pueden estar
integradas por uno o más municipios, de una o más entidades federativas, sin
limitación alguna.
Por esa razón, tenemos tres
zonas económicas, la A, B y C, y con una diversidad de municipios de diferentes
entidades, como es el caso del Estado de Veracruz, que abarca tres zonas
económicas, y por lo tanto tres diferentes salarios mínimos; siendo esta una de
las principales razones que han propuesto diversos actores políticos y algunos
legisladores, ya que esta distribución de zonas no reflejan nuestra realidad
económica como país. Y es una de las propuestas que quedan en las mesas de
discusiones del Consejo de Representantes de la CONASAMI, como también se
conoce a esta Comisión Nacional, y que está compuesta por representantes del
Gobierno, de los empresarios y de los trabajadores, como un cuerpo colegiado,
de los cuales dos fracciones siempre marcarán la mayoría, y por eso siempre
queda la molestia de los representantes de los trabajadores, ya que ellos
proponen un incremento más real a las necesidades de los trabajadores, y para
recuperar un poco la pérdida del valor adquisitivo del salario, pero solo se
queda en eso, una propuesta que será rechazada por el Consejo de
Representantes, en aras de mantener la plantilla laboral y no provocar mayor
desempleo en un país como el nuestro, donde no hemos sido capaces de generar el
crecimiento económico que demanda el mercado del trabajo, para generar fuentes
de empleo bien pagadas y mejorar los salarios de los trabajadores.
Pero permítanme amables
lectores,este nuevo sistema, para determinar los Salarios Mínimos en nuestro
territorio nacional, data del 1 de enero de 1987, ¡ veinticinco años con este
sistema ! y nace con una Misión y una Visión, la cual desde mi punto de vista
personal, creo se ha perdido, por su lejanía con la realidad, las cuales son:
Misión.- La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos
(CONASAMI) tiene como misión establecer las bases y los elementos para que la
fijación de los salarios mínimos
generales y profesionales eleven el nivel de vida del trabajador y su familia,
propiciando la equidad y la justicia entre los factores de la producción que
reconozcan y validen el respeto a la dignidad del trabajador y de su familia.
Visión.- Fijar y revisar los salarios mínimos
generales y profesionales, procurando asegurar la congruencia entre lo que
establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos con las
condiciones económicas y sociales del país, en un contexto de respeto a la
dignidad del trabajador y su familia.
Y estos preceptos desde
cualquier punto de vista, han sido rebasados, y se alejan mucho de la realidad
del trabajador, y eso considero, no deseaban los Constituyentes en materia
laboral y principalmente salarial para los trabajadores mexicanos; que lucharon
y defendieron sus derechos laborales en diversos frentes, y en la misma
Revolución de 1910, a costa de muchas vidas, de mucha sangre, como para que nos
hagamos sordos en el grito de sus demandas de trabajo, y de salario, y es por
eso la necesidad de revisar y analizar la figura de salario mínimo en México,
sus alcances y su determinación, toda vez que es necesario armonizar los
intereses de los Sectores Productivos en forma justa y equitativa, que ganen
los empresarios, pero que no se olviden que el mayor recurso con que cuentan
sus empresas, es el Recurso Humano, y eso lo desarrollan los trabajadores. Ya
son muchos años con este sistema que no deja satisfecha a la clase trabajadora,
que cada año va perdiendo valor adquisitivo real en su salario, y que en el mes
donde surte efecto los incrementos que determinan dicha Comisión, como una
burla, inicia la cascada de incrementos a los bienes y servicios de la canasta
básica que si consumen los trabajadores y sus familias, y ahora con la nueva
modalidad de incrementos a las gasolinas, gas y diesel, la problemática se
vuelve muy preocupante para todos, porque cuando aprieta el hambre, pueden
suceder muchas cosas, usted amigo lector tiene la mejor opinión. ¡Hasta la
Próxima!
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